CDMX exige placas y licencia para scooters y motos eléctricas desde julio
CDMX exigirá placas y licencia para circular en motos y scooters eléctricos desde julio; las multas por incumplimiento llegarán a 2,350 pesos.

La Ciudad de México dará un giro regulatorio significativo a la movilidad urbana: a partir del 1 de julio de 2026, scooters, bicicletas y motocicletas eléctricas deberán contar con placas de registro y licencia de conducir para circular por las vías de la capital. La medida, ya oficial, convierte a la CDMX en una de las primeras megaciudades de América Latina en regular formalmente la micro-movilidad eléctrica.
¿Qué cambia exactamente?
El gobierno capitalino estableció los siguientes requisitos para los usuarios de vehículos eléctricos de baja cilindrada:
- Registro obligatorio de scooters, bicis eléctricas y motos eléctricas ante las autoridades de movilidad.
- Placas de circulación visibles en el vehículo en todo momento.
- Licencia de conducir vigente para el operador del vehículo.
El costo del registro y las placas oscilará entre 572 y 1,142 pesos, dependiendo del tipo de vehículo. Quien circule sin cumplir estos requisitos se expone a multas de hasta 2,350 pesos.
Por qué la CDMX tomó esta decisión
El auge de los vehículos eléctricos de dos ruedas en la capital fue, hasta ahora, en gran medida informal. El número de scooters y motos eléctricas se multiplicó en los últimos tres años, impulsado por aplicaciones de reparto, el crecimiento del comercio electrónico y la búsqueda de alternativas al tráfico. Sin embargo, ese crecimiento no estuvo acompañado de un marco regulatorio claro.
Los accidentes, el uso de banquetas y la falta de identificación de los vehículos en siniestros viales generaron presión para establecer reglas. La nueva normativa responde a esa demanda y alinea a la CDMX con ciudades como París, Amsterdam y Bogotá, que también han regulado la micro-movilidad eléctrica en años recientes.
Impacto en plataformas y repartidores
La regulación tiene implicaciones directas para las plataformas de reparto —Rappi, DiDi Food, Uber Eats— que dependen de repartidores que utilizan scooters y motos eléctricas. Estas empresas deberán verificar que sus colaboradores cumplan con los nuevos requisitos o enfrentar consecuencias regulatorias.
Para los repartidores independientes, el costo del registro representa un gasto adicional en un trabajo caracterizado por márgenes ajustados. Organizaciones de trabajadores de plataformas ya han pedido que las empresas absorban el costo del trámite como parte de sus obligaciones con sus colaboradores.
¿Qué pasa con los servicios de scooters compartidos?
Plataformas como Grin —que opera scooters compartidos en varias colonias de la CDMX— también entran en el radar regulatorio. El gobierno indicará próximamente cómo se aplicará el esquema de registro para flotas de vehículos compartidos, donde el operador es una empresa y no un individuo.
Este segmento será clave: si el registro se vuelve costoso o complejo para las flotas, podría desincentivar la expansión de los servicios de micro-movilidad compartida, que son precisamente los más eficientes desde el punto de vista urbano y ambiental.
Una señal para el resto del país
La Ciudad de México suele marcar tendencia regulatoria en México. Lo que ocurra con esta normativa —si funciona, si es practicable, si los usuarios la adoptan— probablemente influirá en decisiones similares en Guadalajara, Monterrey y otras ciudades donde la micro-movilidad eléctrica también ha crecido sin regulación formal.
La fecha clave es el 1 de julio de 2026. Hasta entonces, las autoridades tienen dos meses para comunicar el proceso de registro, simplificar los trámites y evitar que la normativa se convierta en un cuello de botella burocrático antes de que empiece a cumplirse.
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